Cuando una vivienda tiene la nuda propiedad y el usufructo separados, el nudo propietario puede vender su parte sin pedir permiso a nadie, pero el comprador solo adquiere ese derecho, no la casa entera. Para vender la vivienda completa, libre de cargas y con plena propiedad, hace falta el acuerdo de quien tiene el usufructo o que ese usufructo se extinga.
Qué es la nuda propiedad y qué es el usufructo
El Código Civil separa dos cosas que normalmente van juntas: el derecho a usar y disfrutar de un bien (usufructo) y el derecho de propiedad sin ese uso (nuda propiedad). Es una situación muy habitual en herencias: por ejemplo, cuando fallece uno de los cónyuges y el otro conserva el usufructo de la vivienda familiar mientras los hijos heredan la nuda propiedad.
El usufructuario puede vivir en la casa, alquilarla o cobrar sus rentas, pero no puede venderla entera porque no es el dueño. El nudo propietario es el dueño, pero no puede usarla ni echar a quien tiene el usufructo mientras ese derecho esté vigente.
Quién puede vender qué
Aquí está la parte que genera más confusión. El nudo propietario tiene libertad para vender su nuda propiedad sin necesidad de que el usufructuario firme ni esté de acuerdo. Es su derecho y puede disponer de él.
Lo que cambia es lo que recibe el comprador. Quien compra una nuda propiedad no adquiere el uso de la vivienda: adquiere el derecho a ser propietario pleno el día que el usufructo se extinga, normalmente por fallecimiento del usufructuario o por renuncia de este. Hasta entonces, no puede vivir en la casa ni alquilarla ni echar a nadie.
Qué pasa cuando el usufructuario vive en la casa
Este es el escenario que más nos consultan. Si el usufructuario vive en la vivienda, vender la nuda propiedad no cambia nada para él: sigue teniendo derecho a seguir viviendo ahí, exactamente igual que antes de la venta. El nuevo nudo propietario compra una expectativa, no una casa para entrar a vivir.
Por eso, si lo que se busca es vender la vivienda completa, libre y con plena propiedad, no basta con que firme el nudo propietario. Hacen falta, en la práctica, dos caminos:
- Que el usufructuario dé su consentimiento y renuncie a su derecho, normalmente a cambio de una compensación económica pactada entre las partes.
- Que ambos titulares —nudo propietario y usufructuario— vendan juntos, cada uno su derecho, repartiéndose el importe según lo que le corresponde a cada parte.
Sin uno de estos dos escenarios, el usufructuario puede seguir viviendo en la casa aunque la nuda propiedad haya cambiado de manos. Es un derecho que la ley protege y que no desaparece por una venta parcial.
El caso típico: herencias con cónyuge viudo
El ejemplo más frecuente en nuestro día a día es una herencia en la que el cónyuge viudo se queda con el usufructo vitalicio de la vivienda y los hijos heredan la nuda propiedad. Si los hijos quieren vender su parte, pueden hacerlo, pero el comprador sabe desde el principio que no podrá disponer de la vivienda mientras la madre o el padre viva en ella.
Esto reduce mucho el número de compradores interesados, porque la mayoría de personas que buscan una vivienda quieren entrar a vivir o alquilarla de inmediato, no esperar a que se extinga un usufructo sin fecha conocida.
Opciones si se quiere vender la vivienda completa
Cuando el objetivo es vender la casa entera y no solo la nuda propiedad, las familias suelen plantearse varias vías:
- Acuerdo de extinción del usufructo: el usufructuario renuncia a su derecho a cambio de una cantidad pactada, y a partir de ahí el nudo propietario pasa a tener la plena propiedad y puede vender sin condicionantes.
- Venta conjunta: nudo propietario y usufructuario venden a la vez, firmando ambos en la misma escritura, y se reparten el importe entre los dos según lo que corresponde a cada derecho.
- Esperar a la extinción natural: si el usufructo es vitalicio, se extingue con el fallecimiento del usufructuario, momento en el que el nudo propietario consolida la plena propiedad de forma automática.
Cada opción tiene implicaciones distintas, también fiscales, y conviene revisarlas con un profesional antes de decidir. Lo que sí es seguro es que sin el acuerdo del usufructuario, o sin su extinción, no se puede vender la vivienda como propiedad plena y libre.
Qué hace falta para firmar en notaría
Si la venta implica extinguir o transmitir el usufructo, en la escritura tienen que comparecer todas las partes: el nudo propietario o propietarios, y el usufructuario si su derecho también se transmite o se renuncia. El notario comprobará quién figura en el Registro de la Propiedad como titular de cada derecho, así que conviene tener claro, antes de empezar cualquier gestión, cómo está inscrita la vivienda: si el usufructo consta a nombre de una persona concreta, y si hay uno o varios nudo propietarios.
En el caso de que solo se venda la nuda propiedad, basta con la firma de quien la posee, pero es fundamental que el comprador entienda con claridad qué está comprando y qué implica.
Cómo puede ayudar Pisok en estas situaciones
En Pisok trabajamos habitualmente con herencias y viviendas con situaciones jurídicas complejas, incluidas las que tienen nuda propiedad y usufructo separados. Estudiamos cada caso de forma individual: quién tiene cada derecho, si el usufructuario vive en la vivienda, si hay acuerdo posible entre las partes y qué documentación existe. Compramos con nuestro propio dinero, sin necesidad de reformar antes ni de organizar visitas, lo que simplifica mucho procesos que de otra forma se alargan durante meses buscando un comprador dispuesto a asumir la incertidumbre de un usufructo vigente.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo vender mi parte de nuda propiedad sin que lo sepa el usufructuario?
Sí, el nudo propietario puede vender su derecho sin necesidad de consentimiento del usufructuario. Lo que no cambia es que el comprador tampoco podrá usar la vivienda mientras el usufructo siga vigente.
¿El usufructuario puede vender la vivienda entera si vive en ella?
No. El usufructuario tiene derecho de uso y disfrute, pero no es propietario, así que no puede vender la propiedad completa por sí solo.
¿Qué pasa si el usufructuario no quiere renunciar a su derecho?
Si no hay acuerdo, el usufructo se mantiene y el usufructuario puede seguir viviendo en la casa hasta que se extinga por fallecimiento u otra causa prevista en la escritura o el testamento.
¿Se puede vender solo la nuda propiedad de una vivienda ocupada por el usufructuario?
Sí, es posible, pero el número de compradores interesados suele ser menor porque quien compra no puede entrar a vivir ni alquilar la vivienda hasta que el usufructo termine.
Publicado por Pisok el 01/09/2026.



